Seguro multiriesgo
Este tipo de seguro tiene como objetivo cubrir los riesgos a los que están expuestos los activos de las empresas, así como las responsabilidades que tuvieran que responder por los riesgos de sus locales u operaciones frente a daños personales o materiales a terceros.
BENEFICIOS
Cuentan con protección frente a situaciones específicas:
- • Todo riesgo de Pérdida o daños a la propiedad.
- • Lucro Cesante.
- • Avería de equipos electrónicos.
- • Rotura de maquinaria.
- • Robo y/o Asalto.
- • Responsabilidad Civil frente a terceros: Extracontractual, Patronal y de Productos.
- • Ramos de Ingeniería: Todo riesgo Contratista, Montaje y Obras Civiles Terminadas.
- • Asistencia en servicios de gasfitería, electricidad, asesoría legal y financiera, entre otros.
Se aseguran las industrias, comercios y servicios para cubrir sus instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipo contra los riesgos de incendio y/o rayo, explosión daños por agua, riesgos políticos, terremoto, lluvia y/o inundación, robo y/o asalto, huelgas, conmoción civil o vandalismo, terrorismo que afecten los bienes.
¿QUÉ NO CUBRE?
Este seguro no cubre pérdidas o daños que en su origen o extensión, sean causados por o guarden conexión con:
- • Robo, hurto o cualquier otra modalidad de delito contra el patrimonio, aunque ocurra durante o después de un siniestro amparado por esta Póliza, salvo la amparada específicamente en el CONVENIO II.
- • Los daños y/o desperfectos que sufran los aparatos eléctricos y/o sus accesorios por una causa inherente a su funcionamiento, por rayo o por variación en la provisión de energía.
- • Rotura de maquinaria; falla mecánica o des-acoplamiento de maquinaria; así como pérdida o daños por explosión, implosión o desplome sufridos por cualquier caldero.
- • Procesos de fabricación, elaboración, renovación, reparación, manufactura o mano de obra defectuosos.
- • Acto u omisión atribuible a negligencia grave del ASEGURADO, sus familiares o dependientes o encargados de seguridad y/o a la inobservancia total o parcial de las medidas de seguridad preventivas existentes en la fecha de contratación del seguro.
- • Exposición a condiciones climáticas, mientras los bienes asegurados se encuentren a la intemperie.